Seguridad y Operaciones Visto Bueno

El Visto Bueno de Seguridad y Operaciones es un documento oficial indispensable para acreditar que un inmueble cumple con las condiciones mínimas de seguridad para su funcionamiento. Este trámite debe ser gestionado por los propietarios, administradores o poseedores de:
- Inmuebles recién construidos.
- Establecimientos catalogados como de alto riesgo.
- Inmuebles con una ocupación superior a 50 personas.
- Instalaciones de transporte o de carga de personas.
- Industrias o establecimientos con una superficie mayor a 40 m².
- Inmuebles que hayan cambiado de uso.
Este visto bueno tiene una vigencia de tres años y debe renovarse en caso de modificaciones estructurales, de uso o de instalaciones.
En HERMON, contamos con Directores Responsables de Obra (DRO) y Peritos Corresponsables altamente capacitados, quienes te asesorarán para gestionar este trámite de manera eficiente, asegurando el cumplimiento normativo y las mejores condiciones en costo y tiempo para tu negocio, industria o establecimiento.
Requisitos para el trámite
Para personas morales:
- Acta constitutiva.
- Poder notarial del representante legal.
- Identificación oficial del apoderado legal.
- Constancia de uso de suelo.
Para personas físicas:
- Identificación oficial del solicitante.
- Constancia de uso de suelo.
¿Qué comprende el Visto Bueno de Seguridad y Operaciones?
Este trámite debe ser gestionado y firmado por un Director Responsable de Obra y, en su caso, por Corresponsables, quienes tienen la obligación de verificar que la edificación o instalación cumple con las condiciones necesarias de seguridad para su operación. El resultado del trámite es el acuse de recibo del formato DGAU-00, documento técnico emitido por estos profesionales en su carácter de auxiliares de la administración pública.
Este visto bueno debe renovarse cada tres años o siempre que se realicen cambios en el uso o instalaciones del inmueble.
Consideraciones importantes
- El documento constituye una pieza clave para el funcionamiento legal de cualquier establecimiento que lo requiera.
- Es necesario para la aprobación del Programa Interno de Protección Civil.
- Asegura el cumplimiento de las condiciones de seguridad operativa mediante la intervención de peritos especialistas.
- Facilita la correcta integración del Aviso de Funcionamiento (bajo impacto, zonal o vecinal), según corresponda.
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