Seguridad y Operaciones Visto Bueno

El Visto Bueno de Seguridad y Operaciones es un documento oficial indispensable para acreditar que un inmueble cumple con las condiciones mínimas de seguridad para su funcionamiento. Este trámite debe ser gestionado por los propietarios, administradores o poseedores de:

  • Inmuebles recién construidos.
  • Establecimientos catalogados como de alto riesgo.
  • Inmuebles con una ocupación superior a 50 personas.
  • Instalaciones de transporte o de carga de personas.
  • Industrias o establecimientos con una superficie mayor a 40 m².
  • Inmuebles que hayan cambiado de uso.

Este visto bueno tiene una vigencia de tres años y debe renovarse en caso de modificaciones estructurales, de uso o de instalaciones.

En HERMON, contamos con Directores Responsables de Obra (DRO) y Peritos Corresponsables altamente capacitados, quienes te asesorarán para gestionar este trámite de manera eficiente, asegurando el cumplimiento normativo y las mejores condiciones en costo y tiempo para tu negocio, industria o establecimiento.

Requisitos para el trámite

Para personas morales:

  • Acta constitutiva.
  • Poder notarial del representante legal.
  • Identificación oficial del apoderado legal.
  • Constancia de uso de suelo.

Para personas físicas:

  • Identificación oficial del solicitante.
  • Constancia de uso de suelo.

¿Qué comprende el Visto Bueno de Seguridad y Operaciones?

Este trámite debe ser gestionado y firmado por un Director Responsable de Obra y, en su caso, por Corresponsables, quienes tienen la obligación de verificar que la edificación o instalación cumple con las condiciones necesarias de seguridad para su operación. El resultado del trámite es el acuse de recibo del formato DGAU-00, documento técnico emitido por estos profesionales en su carácter de auxiliares de la administración pública.

Este visto bueno debe renovarse cada tres años o siempre que se realicen cambios en el uso o instalaciones del inmueble.

Consideraciones importantes

  • El documento constituye una pieza clave para el funcionamiento legal de cualquier establecimiento que lo requiera.
  • Es necesario para la aprobación del Programa Interno de Protección Civil.
  • Asegura el cumplimiento de las condiciones de seguridad operativa mediante la intervención de peritos especialistas.
  • Facilita la correcta integración del Aviso de Funcionamiento (bajo impacto, zonal o vecinal), según corresponda.

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